Preguntas frecuentes


R:  El Colegio de Abogados de California maneja las quejas contra los abogados y dicta las medidas disciplinarias correspondientes. El Sistema Disciplinario para Abogados (en inglés) recibe quejas contra abogados presentadas por ciudadanos y de otro origen, investiga dichas quejas, y procesa a los abogados cuando los alegatos de falta de ética parecen ser justificados. El sitio web proporciona instrucciones para presentar una queja, formularios de queja y otra información. También puede llamar a:

1-800-843-9053 — Línea de asistencia para quejas contra abogados
1-213-765-1200  (Si llama fuera de California)

El folleto What Can I Do If I’m Having a Problem With My Lawyer? (¿Qué puedo hacer si tengo un problema con mi abogado?) (en inglés) del Colegio de Abogados proporciona mucha más información sobre lo que puede hacer si está teniendo problemas con su abogado.

R: Si tiene un problema legal en otro estado (fuera de California), puede visitar los siguientes sitios web para obtener más información:

R: El sitio web del Colegio de Abogados de California (en inglés) brinda información sobre los abogados de California y le informará si se tomaron medidas disciplinarias contra un abogado, o si se le quitó la licencia por mala conducta. También podrá averiguar dónde estudió el abogado y cuándo se le concedió la licencia para ejercer en este estado. 

También puede encontrar otros directorios de abogados en inglés en su biblioteca legal local y la mayoría de las bibliotecas públicas.

R:  Sí, tiene el derecho de despedir a su abogado en cualquier momento. Pero en general el abogado tendrá derecho a recibir pago por todo el trabajo que ya hizo en su nombre.

Además, tiene el derecho de cambiar de abogados en cualquier momento, pero si espera hasta que el juicio esté próximo, piense si esto sería conveniente en su caso. Es posible que no pueda encontrar otro abogado con tan poco tiempo para prepararse. Y un cambio puede demorar su caso.

Y recuerde que si se representa a sí mismo en un caso complicado, puede sufrir consecuencias negativas.

R:  Tendrá que llenar una Sustitución de abogado — Civil (sin una orden de la corte) (formulario MC-050). Este formulario se tiene que presentar cada vez que alguien cambia el abogado que lo está representando. Si un abogado lo está representando y ahora se quiere representar a sí mismo, tiene que llenar este formulario. La Sustitución de abogado — Civil reemplazará a la persona que es el abogado del caso con otra persona (ya sea usted u otro abogado).

Si se está representando a sí mismo y después contrata a un abogado, también tendrá que llenar este formulario.

Siga estos pasos:

  1. Llene Sustitución de abogado — Civil (formulario MC-050). Firme este formulario y pídale al abogado que está despidiendo Y al abogado que está contratando que también lo firmen. Después, haga una copia para cada parte del caso, incluyendo a usted.
  2. Pídale a una persona de al menos 18 años de edad, que NO sea usted, que envíe por correo a las partes una copia de Sustitución de abogado — Civil. Compruebe que la persona que envíe el formulario, el “notificador”, NO envíe por correo el original. El original será para la corte.
  3. Pídale a la persona que hizo la entrega legal que llene y firme la segunda página de Sustitución de abogado — Civil (formulario MC-050). Esta es la Prueba de entrega, que le informa a la corte que le ha entregado a las otras partes la Sustitución de abogado. Verifique que la persona que hizo la entrega escriba los nombres y direcciones de todas las partes involucradas en el caso.
  4. Presente el ORIGINAL del formulario MC-050 (con la Prueba de entrega de la página 2 llenada y firmada) ante la corte. Lleve su copia a la corte y haga que el secretario le ponga el sello “Filed” (Presentada).

Nota: Todos los formularios mencionados están en inglés y recuerde que se deben llenar en inglés.

Tenga en cuenta que una vez que haya presentado la Sustitución de abogado informándole a la corte que ya no tiene un abogado, usted se estará representando a sí mismo (a menos que tenga un nuevo abogado y éste haya sido nombrado en el formulario). El abogado que tenía ya no lo representa y no tiene el deber de ayudarlo con su caso.

Puede contratar a un abogado más tarde, o volver a contratar al mismo abogado, pero para ello tendrá que firmar un nuevo acuerdo con el abogado y usted (o su nuevo abogado) tendrán que presentar una nueva Sustitución de abogado para informarle a la corte que ha vuelto a tener representación.

Si está cambiando de abogados, sustituyendo a su abogado por otro, su nuevo abogado probablemente se encargue de llenar y presentar el formulario Sustitución de abogado ante la corte.

R:  Los asistentes legales o asistentes de documentación legal son un buen recurso para preparar muchos de los formularios que necesita para un caso de derecho familiar y otros tipos de casos. PERO no han asistido a la facultad de derecho. No están calificados para brindarle asesoramiento legal y, por ley, no le pueden dar asesoramiento legal. Sólo pueden hacer lo que usted les diga que hagan. No están capacitados para identificar problemas potenciales. Haga clic para obtener más información sobre los asistentes de documentos legales (en inglés).

R:  Los planes de servicios legales prepagos funcionan de varias maneras distintas. Dependiendo del plan, pueden ofrecer:

  • Descuentos sobre los servicios legales provistos por una red de abogados;
  • Ciertos servicios legales gratis, como la preparación de una escritura o un testamento simple; y
  • Acceso a una base de datos de formularios y documentos legales.

Cuando considere un plan, preste atención en particular a lo que cubre y no cubre el plan. Si no anticipa tener necesidades legales en el año entrante que serían cubiertas por el plan, piense con cuidado antes de comprar un plan. Por otro lado, si cree que puede sacar provecho de un servicio proporcionado por el plan, como por ejemplo la preparación de un testamento simple, tenga en cuenta que los abogados que aceptan el plan probablemente le tratarán de vender un servicio más completo. En algunos casos puede ser conveniente comprar este servicio, pero quizás no ahorre nada por el hecho de pertenecer al plan.

Además, si no le llega a gustar el abogado asignado por el plan, quizás no pueda conseguir otro abogado a través del plan o no haya otros abogados que acepten el plan en su zona. Quizás le convenga averiguar quiénes son los abogados locales que aceptan un plan en particular antes de tomar la decisión de comprarlo.

Si está comprando un plan por medio de un representante independiente, en vez de directamente de una empresa que patrocina el plan (o por medio de un grupo como su empleador, sindicato o unión de crédito), debería prestar particular atención a los términos del contrato del plan y compararlo con las promesas que le hizo su representante. Los planes que venden sus servicios por medio de intermediarios pueden negarse a asumir responsabilidad por promesas falsas realizadas por un representante independiente, cuyo mayor interés puede llegar a ser ganar una comisión en vez de representar sus intereses.

Es posible que sea elegible para participar en un plan de servicios legales grupales prepagados por medio de su empleador, sindicato o unión de crédito. Si no es así, puede consultar planes avalados y esponsorizados por una organización de renombre como el American Prepaid Legal Services Institute (Instituto Norteamericano de Servicios Legales Pre-pagados) del American Bar Association (Colegio de Abogados de los EE UU) en la lista de planes de servicios legales (en inglés). La Better Business Bureau (Agencia de Buenas Prácticas Comerciales) de su zona también le puede llegar a brindar información (en inglés) al consumidor sobre ciertos planes en particular. 

R:  Los asistentes de derecho familiar pueden ayudarlo con casos de otros condados. Pero frecuentemente lo remitirán al asistente del otro condado, porque éste sabrá más sobre el funcionamiento de la corte de ese condado.

Lo mismo es cierto en general para el asesor legal de reclamos menores y el centro de ayuda, pero como estos servicios varían tanto de un condado a otro, quizás le convenga ir directamente a la corte del otro condado donde tiene su caso.

Haga clic en Encuentre ayuda en su corte para obtener información de contacto sobre recursos de ayuda en su corte.

R:  Pida un intérprete. Si los servicios de autoayuda de su corte no ofrecen un intérprete que lo pueda ayudar, traiga a alguien consigo que le pueda hacer de intérprete. No le pida a un niño que sea su intérprete

R: Puede escribir un mensaje de correo electrónico, una carta o llamar por teléfono al programa del que necesita ayuda, como por ejemplo al asistente de derecho familiar, el asesor de reclamos menores o el centro de ayuda. Esto puede demorar más tiempo que ir a la oficina para conseguir ayuda. Para poder proporcionarle ayuda, es posible que estos programas necesiten copias de sus documentos y otra información .

Haga clic en Encuentre ayuda en su corte para obtener información de contacto sobre recursos de ayuda en su corte.

R:  Haga clic para encontrar al asistente de derecho familiar de su condado.

R:  Un asistente de derecho familiar es un abogado con experiencia en derecho de familia que trabaja para la corte superior de su condado y que ayuda a padres e hijos involucrados en casos de derecho familiar que tienen problemas de manutención de los hijos o del cónyuge.

R: El asistente de derecho familiar le da materiales educativos que le explican cómo:

  • Establecer paternidad; y
  • Obtener, cambiar, o hacer cumplir las órdenes de manutención de los hijos o del cónyuge.

El asistente de derecho familiar también puede:

  • Darle los formularios de la corte que usted necesita;
  • Ayudarle a llenar sus formularios;
  • Ayudarle a calcular el monto de la manutención; y
  • Remitirlo a su agencia local de manutención de los hijos, servicios de la corte familiar y otras agencias comunitarias que ayudan a padres e hijos.

Es posible que el asistente de derecho familiar de su condado le pueda ayudar de otras maneras también. Póngase en contacto con el asistente de derecho familiar de su corte para obtener más información.

R:  El asistente de derecho familiar NO es su abogado. Es un abogado independiente que puede ayudar a los padres o niños que no tienen su propio abogado.

Ambas partes pueden obtener ayuda del mismo asistente de derecho familiar. Recuerde: Su relación con el asistente de derecho familiar no es privilegiada. Lo que le diga al asistente de derecho familiar no es confidencial.

R:  Cualquier persona que no tenga su propio abogado puede obtener ayuda por parte del asistente de derecho familiar. No importa cuánto dinero gane.

R:  Si es posible, llame al asistente de derecho familiar y pregúntele qué papeles debe llevar.

En general, no olvide llevar la siguiente información:

  • Su(s) número(s) de caso(s); y
  • Una copia de cualquier orden o fallo que haya en su(s) caso(s).

Si no tiene sus documentos de la corte, pídale copias al secretario de la corte. Le cobrarán un honorario por hacer las copias (alrededor de 50 centavos por página). El secretario de la corte también le puede dar el número de su caso.

Si quiere ayuda con la manutención de los hijos, la manutención del cónyuge o las cuotas de la corte, lleve:

  • Sus recibos de sueldo de los últimos 2 meses (o resúmenes de cuenta que muestren el depósito directo de su sueldo);
  • Comprobante de beneficios de desempleo;
  • Comprobante de ingresos y gastos por trabajar por cuenta propia; y 
  • Una copia de su declaración de impuestos federales más reciente.

R:  Los asistentes de derecho familiar en general trabajan en persona con grupos de personas o en talleres sin cita. Tienen que ver el expediente de su caso y probablemente le harán leer y firmar un formulario de revelación antes de que puedan hablar con usted.  Pero hay algunas oficinas que si aceptan llamadas y que le pueden ofrecer algo de asistencia por teléfono. Póngase en contacto con su asistente de derecho familiar de su corte para averiguar qué tipo de servicios ofrecen.

R:  Los asistentes de derecho familiar le pueden ayudar con casos en otros condados. Pero muchas veces tienen que remitirlo al asistente del otro condado porque éste sabrá más sobre cómo funciona esa corte y si hay reglas locales con las que cumplir.

R:  Puede tratar de escribir o llamar al asistente de derecho familiar. Esto podría tomar más tiempo que ir a la oficina del asistente en persona para obtener ayuda. Es posible que el asistente de derecho familiar necesite copias de documentos y otra información del expediente de su caso.

R:  Pida un intérprete. Si su asistente de derecho familiar no tiene un intérprete que le pueda ayudar, lleve a alguien para que le sirva de intérprete. No lleve a un niño como su intérprete. 

Para estar preparado para recibir ayuda del asistente de derecho familiar, lea el formulario de revelación.

R: Depende de su situación. Siempre le conviene por lo menos hablar con un abogado sobre su caso. Algunos casos son simples y quizás los pueda manejar sin un abogado, siempre que haga sus deberes, obtenga ayuda cuando la necesita y cumpla con todas las reglas y procedimientos.

Pero hay muchos casos que son muy complicados y sin un abogado puede perjudicar o hasta perder su caso, aunque su posición sea muy sólida y crea que tiene razón.

R:  Sí. Una de las partes de un juicio en general tiene que ser representada por un abogado cuando el caso NO se considera en la corte de reclamos menores Y dicha parte:

  • Es una corporación, una sociedad de responsabilidad limitada o una asociación no incorporada;
  • Es un fiduciario, un fiduciario testamentario, un representante personal o un tutor ad litem; o
  • Es algún otro tipo de fiduciario, como un tutor de adultos o menores en ciertas situaciones.

Si cree estar en alguna de estas situaciones, obtenga asesoramiento legal para averiguar si se puede representar a sí mismo o tiene que ser representado por un abogado.

R:  Si está haciendo un juicio por mala praxis médica, o algún otro tipo de negligencia profesional, la ley dice que tiene que probar que el médico u otro profesional violó el deber que tenía de atenderlo y que usted sufrió daños como consecuencia directa y próxima de dicha violación. Estos requisitos legales son muy difíciles de probar, y para ello necesitará testigos expertos.

Los honorarios de los testigos expertos son muy caros. Frecuentemente pueden costar varios miles de dólares por día. Los testigos expertos cobran honorarios por todas sus actividades de consultoría, incluyendo la revisión de su expediente, el examen del paciente y el informe de sus conclusiones al abogado, además de las declaraciones juradas y su testimonio en el juicio. Los abogados que representan a los demandantes en forma contingente (o sea que el abogado sólo cobra si gana) en general se encargan de contratar a los expertos para el caso. Si no tiene un abogado que le adelante el dinero para estos gastos, es posible que no tenga los recursos necesarios para contratar a los expertos que necesita para probar su caso.

Además, para poder usar a testigos expertos, tiene que establecer que el testigo tiene los antecedentes educativos y la capacitación necesaria, experiencia profesional y suficiente familiaridad con los hechos y las pruebas del caso para ser considerado un “experto”. Necesitará abogados capacitados y experimentados para establecer los fundamentos necesarios para que la corte declare que un testigo es “experto”.

R:  Los casos de defectos de construcción dependen frecuentemente de testigos expertos para probar o refutar los alegatos de la demanda. Es posible que esto no sea cierto en un caso menor, por ejemplo cuando el dueño de una propiedad contrató a un peón o contratista para realizar una sola tarea en su propiedad y sólo 1 persona realizó el trabajo. Por ejemplo, si contrató a un techador para instalar un techo nuevo, y el techo tuvo goteras, es posible que pueda demandar al contratista sin un abogado o testigo experto porque puede probar sin ayuda que (1) contrató al techador para instalar un techo nuevo; (2) le pagó; (3) el techo tiene goteras; y (4) las goteras causaron daños.

Pero si varias personas trabajaron en su casa (como un arquitecto, un ingeniero civil, un contratista general quien, a su vez, contrató a subcontratistas y compró insumos de distintos proveedores), puede ser muy difícil probar quién tiene la culpa cuando se produce un problema, y probablemente necesite a un testigo experto para determinar quién tiene la culpa y explicárselo a la corte.

Además, los expertos de construcción son caros, sobre todo si necesita muchos expertos en distintas especialidades. Los costos de expertos para este tipo de casos pueden ascender a decenas de miles de dólares. Algunos abogados toman casos de defectos de construcción en forma contingente, pero la mayoría cobra por hora. Es posible que pueda contratar a un abogado con alcance limitado para ayudarlo con ciertas partes del caso, mientras que usted maneja otras partes por sí mismo.

Haga clic para obtener información sobre la representación de alcance limitado.

R: Los casos de bienes raíces en los que una parte alega que alguien cometió fraude, como los casos en que hay dos títulos para la misma propiedad, en general son muy complicados para una persona que no tiene muchas capacitación y experiencia legal. Además, aunque gane el juicio, si comete un error al escribir la orden final (en los casos civiles la corte en general no prepara las órdenes; son las partes las que la tienen que escribir), es posible que la aseguradora de títulos no le asegure el título, impidiendo, de hecho, que pueda vender o refinanciar su propiedad.

R:  Si está demandando a su empleador por discriminación laboral o despido injustificado, lo más probable es que necesite un abogado. Es complicado probar estos casos, y los abogados del empleador presentan en general una defensa vigorosa en estos casos. Para ganar este tipo de caso tiene que tener un abogado que sepa interrogar y contrainterrogar a expertos y que conozca bien las reglas de presentación de pruebas.

R:  Los casos que apelan una decisión final de una dependencia administrativa o funcionario judicial son extremadamente complicados y la corte sólo puede examinar este tipo de casos en forma limitada. Un abogado le puede decir si tiene causa justificada en su expediente para apelar, y puede asesorarlo sobre otras opciones a su disposición.

R:  En cuestiones legales, frecuentemente aparecen nuevos asuntos que hay que considerar. Esto quiere decir que quizás necesita más ayuda de su abogado que lo que supuso inicialmente. Si usa una representación de alcance limitado, siempre puede contactar a su abogado y pedirle más ayuda. Su abogado ya estará familiarizado con usted y su caso porque participó inicialmente del mismo. Esto será mucho más eficiente que tratar de encontrar a otro abogado para que lo ayude y tener que ponerlo al día sobre su caso. Recuerde, usted está pagando por el tiempo del abogado, así que es muy ineficiente pagarle a un nuevo abogado para familiarizarse con sus problemas legales.

R:  Después de ir a la corte por sí solo, aun con una buena preparación previa por parte de un abogado, quizás decida que quiere que el abogado maneje todo el caso. Como usted paga por el tiempo del abogado, es más eficiente volver al abogado que ya lo conoce y sabe sobre sus problemas legales, en vez de pagarle a un abogado nuevo para familiarizarse con su caso.

R:  Muchas personas deciden que quieren representarse a sí mismas, aunque la otra parte tenga un abogado. Su asesor, o abogado de alcance limitado, lo puede preparar para lo que puede llegar a pasar en la corte, aconsejarlo sobre sus derechos legales y la mejor manera de protegerlos y delinear una posible estrategia de negociación. Su abogado también puede negociar en su nombre para tratar de llegar a un acuerdo fuera de la corte, aunque usted tenga intención de representarse a sí mismo si las negociaciones no son exitosas.

R:  Para decidir si le conviene contratar a un abogado con alcance limitado para un caso de manutención de los hijos, y si va a poder manejar el resto del caso por sí mismo, considere lo siguiente:

  • ¿Es fácil determinar sus ingresos y los de su cónyuge (por medio de un formulario W-2, recibo de sueldo u otros documentos accesible)?
  • ¿Qué tan probable es que se puedan descubrir o tengan que evaluar otras fuentes de ingreso adicional?
  • ¿Qué tan difícil será obtener la información necesaria para demostrar estos ingresos adicionales?
  • ¿Tendrá que librar órdenes de comparecencia para obtener registros o tomar declaraciones juradas?
  • ¿Es probable que una tercera parte tenga que analizar los registros para encontrar ingresos faltantes? ¿Esta tercera parte tiene que ser un abogado? ¿Un asistente legal? ¿Un contable?
  • ¿Habrá disputas también sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho? Si están de acuerdo en que se va a pagar, ¿están también de acuerdo en el monto? ¿Está de acuerdo con la duración de los pagos?

Si al pensar sobre estas cuestiones se da cuenta que su caso puede llegar a tener muchas complicaciones, la representación de alcance limitado puede no ser la mejor opción. Hable con un abogado por las dudas.

R:  Para decidir si le conviene contratar a un abogado con alcance limitado para un caso de custodia de los hijos, y si va a poder manejar el resto del caso por sí mismo, considere lo siguiente:

  • ¿Existe una disputa sobre la custodia de los hijos? ¿Visitación u horario de crianza? ¿Dónde van a ir a la escuela? ¿A la iglesia?
  • ¿Es probable que el desacuerdo se resuelva por mediación?
  • ¿Es probable que haya que hacer una evaluación formal?
  • ¿Es probable que haya un juicio disputado?
  • ¿Qué tipos de testigos o pruebas tendrá que presentar probablemente? ¿Qué tipos de testigos o pruebas tendrá que presentar la otra parte?
  • ¿Uno de ustedes se quiere mudar con los hijos?
  • ¿Existe una disputa sobre si 1 de ustedes es un padre no apto?
  • ¿Una de las partes alega que hubo violencia en el hogar contra el otro padre o contra los hijos?

Si al pensar sobre estas cuestiones se da cuenta que su caso puede llegar a tener muchas complicaciones, la representación de alcance limitado puede no ser la mejor opción. Hable con un abogado por las dudas.

R:  Para decidir si le conviene contratar a un abogado con alcance limitado para un caso sobre propiedades, y si va a poder manejar el resto del caso por sí mismo, considere lo siguiente:

  • Qué tipos de propiedades tendrá que dividir:
    • Bienes raíces (tierras y edificios);
    • Bienes personales (muebles, electrodomésticos, etc.);
    • Beneficios del empleado (pensiones, 401(k), cuentas de jubilación);
    • Acciones y bonos;
    • Intereses de negocio; u
    • Otros tipos de propiedades.
  • ¿Existe algún problema especial con cualquiera de estos bienes?
  • ¿Alguno de estos bienes fue heredado?
  • Para cada tipo de propiedad, ¿qué testigos o pruebas documentarias necesitará para presentar su caso, y cuál es la mejor manera de probarlo?
  • ¿Sospecha que su cónyuge/pareja está ocultando propiedades? ¿Cómo se propone descubrirlas?
  • ¿Hay un acuerdo prenupcial que afecta la división de bienes o los derechos de manutención?
  • ¿Hay una disputa sobre la fecha de separación?
  • ¿Hay bienes heredados que se invirtieron en parte del patrimonio matrimonial/comunitario?
  • ¿Hay antecedentes de violencia en el hogar?

Si al pensar sobre estas cuestiones se da cuenta que su caso puede llegar a tener muchas complicaciones, la representación de alcance limitado puede no ser la mejor opción. Hable con un abogado por las dudas.

R:  En general ello violaría las reglas del servicio de remisión y realmente no le conviene. Si sigue consultando a distintos abogados en su caso, tendrá que explicarle al nuevo abogado todo lo que ocurrió anteriormente. Esto quiere decir que va a gastar tiempo poniéndolo al día con sus problemas legales. También aumenta el riesgo de que se olvide de contarle al abogado algo que ocurrió anteriormente y que es importante para su situación actual. Le conviene mucho más consultar con el mismo abogado por un periodo de tiempo a medida que surjan nuevas preguntas legales, porque ya estará familiarizado con usted y con lo que ocurrió anteriormente en el caso.

R:  No. Algunos no proporcionan este servicio, y en algunos condados es difícil encontrar abogados que lo proporcionen. Para averiguar dónde puede conseguir un abogado que proporcione servicios desagrupados, puede ponerse en contacto con el servicio de remisión a abogados de su zona. Cuando hable con un abogado para que le proporcione representación de alcance limitado, es importante que le aclare bien que no quiere contratar a un abogado para que maneje todo el caso.