Otras maneras de cobrar

Además de los métodos comunes para cobrar un fallo por medio de los bienes del deudor, puede probar también otras maneras. Recuerde, puede usar varias maneras al mismo tiempo para cobrar, así que puede probar estos métodos junto con otros.

Para obtener más información, haga clic en el tema a continuación que se aplica a su situación. También puede pedirle ayuda a su asesor de reclamos menores.


Si el deudor es una empresa, puede probar métodos de cobranza distintos.

Embargo de cuenta bancaria
Si escribió un cheque en nombre del negocio minorista, es posible que pueda encontrar el sello del banco donde se depositó el cheque cancelado, y localizar así las cuentas bancarias del deudor. Después puede cobrar embargando la cuenta bancaria del deudor.

Embargo de caja o guarda de caja
Si el deudor del fallo es una empresa y tiene mucho efectivo en su lugar de operación, puede enviar a un alguacil para que realice un embargo de caja o haga de guarda de caja.

Un “embargo de caja” es cuando un asistente del alguacil va a un lugar donde opera una empresa e incauta todo el efectivo de la caja registradora. El asistente sacará de la caja el monto de dinero necesario para pagar el fallo. Si está considerando pedirle al alguacil que haga un embargo de caja, piense en la hora del día en que probablemente haya más dinero en la caja. El honorario por este servicio es de alrededor de $85, pero consulte con la oficina del alguacil para saber la cifra exacta.

Un “guarda de caja” es cuando un asistente del aguacil se queda en la empresa durante 4 a 8 horas e incauta todo el efectivo y los cheques que se recaudan durante ese periodo. Es mucho más caro que un embargo de caja, y el honorario depende de la cantidad de horas que el asistente del alguacil se tiene que quedar en el local de la empresa.

Si el tipo de empresa es tal que hay muchas transacciones y entra mucho efectivo por día, un guarda de caja puede ayudarlo a cobrar todo o la mayor parte de su fallo y recuperar los honorarios que pagó por el guarda. El guarda de caja también puede obligar al deudor a pagarle voluntariamente, porque no queda bien que haya un alguacil de policía sentado en la empresa todo el día, y posiblemente afecte sus actividades.

Tanto para el embargo como el guarda de caja, tiene que pedirle a la corte que dicte un Mandamiento de cumplimiento (formulario EJ-130) (en inglés). Haga clic para aprender a solicitar un Mandamiento de cumplimiento. Lleve el mandamiento al departamento del alguacil con instrucciones, como el nombre y ubicación de la empresa y el mejor momento para ir (cuando crea que habrá la mayor cantidad de dinero en la caja registradora).

Use los siguientes métodos cuando el deudor del fallo es un profesional licenciado y la disputa es por servicios profesionales

Verifique que el fallo diga que el dinero adeudado está relacionado con una licencia (como una licencia de contratista o una licencia de corredor de bienes raíces). Después, envíe una copia de su fallo a la agencia de licenciamiento correspondiente a su caso. Haga clic para obtener una lista de dependencias de licenciamiento de California (salvo las licencias de bienes raíces). Haga clic para el Department of Real Estate (Departamento de Bienes Raíces), que se encarga de las licencias de bienes raíces.

En el caso de contratistas, quizás pueda suspender su licencia. Lea la información para acreedores del fallo brindada por la Contractors State License Board (Junta Estatal de Licenciamiento de Contratistas) en A Consumer’s Guide to Using the Small Claims Court (Guía del consumidor para usar la corte de reclamos menores).

También es posible suspender la licencia profesional de bienes raíces del deudor si el fallo de reclamos menores encuentra evidencia de fraude u otra falta de conducta intencional. Es posible que pueda presentar un reclamo ante el Fondo de Recuperación de Bienes Raíces de California para que le paguen. Consulte la página web del Department of Real Estate (Departamento de Bienes Raíces) para ver si su fallo se puede pagar del fondo de recuperación.

Si su fallo es contra el conductor de un carro que causó un accidente en una carretera de California

Si el fallo fue por daño a la propiedad de $100 o menos (o $750 si el accidente ocurrió antes del 1 de enero, 2017), tiene que esperar por lo menos 90 días antes de que el fallo se haga final. Llene el formulario del Department of Motorized Vehicles (Departamento de Vehículos Motorizados o DMV por sus siglas en inglés), llamado Aviso de fallo insatisfecho de $1000 o menos (formulario DL-17).

El deudor después tiene 20 días después de que el DMV reciba su Aviso de fallo insatisfecho (formulario DL-17) para pagar el fallo. Si el deudor no paga en un plazo de 20 días, se le suspenderá su licencia de manejar. La suspensión puede durar un máximo de 90 días. Puede levantarse si el deudor paga el fallo, consigue que la corte apruebe un plan de pagos o prueba que tiene un monto suficiente en su seguro del carro para cubrir el fallo. Para obtener más información, consulte la sección 116.880 del Código de Procedimiento Civil (en inglés).

Si el fallo fue por más de $1000 (o $750 si el accidente ocurrió antes del 1 de enero, 2017) o por cualquier lesión corporal o muerte, la licencia de manejar del deudor puede ser suspendida por un máximo de 6 años. Si no le pagaron y han pasado más de 30 días de la fecha en que el fallo se hizo final, puede presentar un formulario del DMV llamado Certificado de hechos con respecto a un fallo insatisfecho (formulario DL-30) ante el DMV. Este formulario se puede obtener también en la oficina del secretario de la corte.

Para obtener más información, consulte (en inglés) las secciones 16370 a 16381 del Código de Vehículos y la sección 116.870 del Código de Procedimiento Civil.

Para obtener estas órdenes hay que tener una audiencia con el juez.

  • Una “orden de incautación” le permite a un alguacil de policía/alguacil de paz tomar un bien de una casa privada. (Generalmente se usa para una propiedad grande, por ejemplo un piano o un equipo estereofónico.) Para obtener más información sobre órdenes de incautación, lea las secciones 699.030 a 699.090 del Código de Procedimiento Civil (en inglés).

  • Una “orden de entrega” exige que el deudor le entregue la propiedad al alguacil de policía/alguacil de paz. (Generalmente se usa para una propiedad pequeña, por ejemplo un reloj valioso o una colección de monedas.) Para obtener más información sobre órdenes de entrega, lea las secciones 699.040 a 699.090 del Código de Procedimiento Civil (en inglés).

  • Una “orden de asignación” exige que el deudor le asigne a usted ciertos pagos que recibe en forma periódica. (Generalmente se usa para obtener pagos periódicos de regalías, comisiones de venta o pagos de alquiler.) Para obtener más información sobre órdenes de asignación, lea las secciones 708.510 a 708.560 del Código de Procedimiento Civil (en inglés).

  • En la mayoría de los condados podrá usar Solicitud de orden de la corte y respuesta (formulario SC-105) (en inglés) para pedir cualquiera de estas órdenes. Es probable que tenga que preparar una propuesta de orden para que el juez la firme. Para esto, puede usar la Orden sobre la solicitud de orden de la corte (formulario SC-105A) (en inglés).  Para obtener más información, consulte con su asesor de reclamos menores.

  • La biblioteca legal de su zona debería contar con recursos útiles para obtener este tipo de órdenes. Haga clic para encontrar la biblioteca legal de su zona (en inglés).