Personas pueden ver las páginas de internet que se han visto en su computadora. ¡Manténganse seguro/a! Use el internet de una biblioteca local, casa de una amistad o en el trabajo.
Para solicitar una orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes, tiene que tomar varios pasos. Pero primero asegúrese de que:
Una vez que esté seguro de que está calificado para pedir una orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes, estará listo para llenar los formularios (o pedirle ayuda a un abogado o clínica de autoayuda para llenar los formularios). Si no está seguro de estar calificado, consulte con un abogado.
Es posible que pueda obtener ayuda legal gratis. Averigüe si hay una agencia local u otra organización sin fines de lucro de ayuda legal (en inglés) que ayude a la gente con órdenes de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes.
El asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte también lo pueden llegar a ayudar con la orden de restricción. O puede contratar a un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
PASO 1. Llene sus formularios de la corte y prepárese para presentarlos
PASO 2. Presente sus formularios ante la corte
PASO 3. Haga la “entrega legal” de sus formularios a la persona restringida
PASO 4. Prepárese y asista a su audiencia en la corte
PASO 5. Después de la audiencia en la corte
Nota: Todos los formularios están en inglés a menos que se especifique que están disponibles en español, pero recuerde que se deben llenar en inglés.
1. Llene sus formularios de orden de restricción
Llene:
2. Llene los formularios locales de su corte (si los hay)
Pregúntele al secretario de su corte si tiene que llenar formularios locales. Pregunte también si existe algún procedimiento local que tiene que seguir. Algunas cortes también tienen formularios en sus sitios web. Haga clic para encontrar el sitio web de su corte local (en inglés).
3. Haga revisar sus formularios
Si el asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte ayudan a obtener órdenes de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.
4. Haga por lo menos 5 copias de todos sus formularios (si su corte pide copias en el momento de hacer la presentación)
Una copia será para usted; otra copia será para la persona de la que se quiere proteger. Las copias adicionales serán para otras personas protegidas o para que usted las guarde en un lugar seguro. El original será para la corte.
Algunas cortes no quieren que haga copias hasta después de tomar el Paso 2 a continuación, así que pregúntele al secretario de la corte qué procedimiento tiene que seguir.
IMPORTANTE: Sus formularios de la orden de restricción serán entregados a la persona restringida, quien tendrá la oportunidad de ver todo lo que escribió. Si no quiere que la persona restringida sepa dónde está viviendo y quiere mantener su dirección confidencial, NO la escriba en estos formularios. Puede usar un programa que se llama “Safe at Home” (Seguro en su Casa) que le proporciona una dirección segura para poner en sus documentos de la corte (o para operaciones bancarias o de otro tipo) sin tener que revelar su dirección confidencial. Obtenga más información sobre el programa Safe at Home (en inglés).
Una vez que haya llenado sus formularios, los tiene que presentar ante la corte. Siga estos pasos:
1. Entregue sus formularios al secretario de la corte
El secretario le informará qué tiene que hacer después. En algunas cortes, el secretario de la corte le dará sus formularios al juez. En otras cortes, quizás tenga que ir a la sala de la corte directamente. De cualquier manera, el juez leerá sus documentos (y quizás hable con usted) y tomará una decisión sobre las órdenes que usted está solicitando. Si entrega sus formularios al secretario, pregúntele cuándo tiene que volver para ver si el juez dictó las órdenes que solicitó. El juez tiene que tomar una decisión en el plazo de un día laboral, pero la hora exacta dependerá de cada corte.
2. Averigüe si el juez dictó la orden de restricción temporal
Vuelva a la corte cuando el secretario le diga que puede recoger sus documentos. Lea los documentos que le entregue el secretario para ver:
3. Presente sus formularios
El secretario de la corte presentará oficialmente sus documentos, incluyendo la Orden de restricción temporal (formulario EA-110) si se otorgó. Esto quiere decir que el secretario de la corte hará que la orden forme parte oficial del expediente de su caso en la corte. El secretario de la corte guardará el original para la corte y le dará las 5 copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Si necesita más copias, las puede hacer usted mismo.
4. Distribuya sus copias de la orden de restricción temporal
5. Vaya al Paso 3
Las órdenes de restricción se ingresan en un sistema computarizado especial del Departamento de Justicia de California. De esa manera, los agentes de policía de todo el estado pueden averiguar sobre su orden. En muchas cortes, la corte misma enviará su orden a la computadora del estado. Pero si la corte no lo hace, lo tendrá que hacer usted. Fíjese en el punto 11 de su Orden de restricción temporal (CLETS – TEA o TEF) (formulario EA-110) para ver si este trámite será realizado por el secretario o si lo tiene que hacer usted.
“Entrega legal” quiere decir que la otra parte tiene que recibir copias de cualquier documento que usted presenta ante la corte. Para hacer la “entrega legal”, hace falta otra persona (NO usted) para entregar los documentos a la otra parte. Esa persona se llama el “notificador” o “profesional de entrega legal”.
La persona que entrega la orden tiene que:
Hasta que los documentos hayan sido debidamente “entregados”, el juez no puede dictar órdenes permanentes. Recuerde que por el momento sólo tiene una orden de restricción temporal, que vence el día de su audiencia en la corte, a menos que el juez la extienda o le dé una orden de restricción “permanente”.
En casos de maltrato de ancianos o adultos dependientes, la entrega legal de los documentos puede ser realizada sin cargo por un agente del orden público. Este servicio puede ser muy conveniente para usted, y es una de las mejores maneras de hacer la entrega legal de sus formularios sin cargo.
También puede contratar a un “profesional de entrega legal”, que es una persona que entrega formularios de la corte comercialmente. Consulte las páginas amarillas de su directorio telefónico, bajo “Process Serving” (Entregas legales).
Para obtener más ayuda, lea, ¿Qué es la “Prueba de entrega en persona”? (formulario EA-200-INFO). Y lea la sección sobre Entrega legal de este sitio web.
1. Calcule CUÁNTO TIEMPO tiene para entregar sus documentos
Tendrá que hacer la entrega legal de sus documentos a la persona restringida antes de la fecha de vencimiento que el juez indicó en sus formularios. Esto es necesario para que la persona restringida tenga algunos días para responder a sus documentos y prepararse para la audiencia en la corte.
Para saber cuál es la fecha de vencimiento para hacer la entrega legal:
2. Entregue legalmente sus documentos a la persona restringida
Pídale a otra persona que entregue a la persona restringida una copia de la orden y el resto de los documentos que presentó. Estos documentos se tienen que entregar en persona. No se pueden enviar por correo. Verifique que esto se haga antes de la fecha de vencimiento.
Además de una copia de sus documentos, entregue también una copia EN BLANCO de:
3. Presente su prueba de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega legal que llene una Prueba de entrega en persona
Tiene que entregarle una copia a la persona restringida antes de la audiencia. Si no le hizo la entrega a la persona restringida antes de la audiencia, puede pedirle al juez que extienda la orden de restricción temporal hasta una nueva fecha de audiencia, para darle más tiempo para hacer la entrega legal.
Necesitará una Solicitud para aplazar audiencia de corte y volver a emitir orden de restricción temporal
Para solicitar una extensión de la orden de restricción y una nueva fecha de audiencia.
1. Llene una Solicitud para aplazar audiencia de corte y volver a emitir orden de restricción temporal (CLETS –TEA o TEF)
2. Pídale al juez que revise los formularios y firme el formulario EA-116 (en la audiencia) o déselos al secretario (antes de la audiencia) para que se los dé al juez para que lo firme.
3. Una vez firmado, si no está ya sellado, presente el formulario Aviso de nueva fecha de audiencia y orden sobre la reemisión (formulario EA-116) ante el secretario de la corte para que se lo sellen oficialmente y pongan la fecha de audiencia nueva.
4. Adjúntelo a los demás documentos de la corte y entrégueselos legalmente a la persona restringida siguiendo las mismas instrucciones que para los documentos de la orden de restricción temporal al comienzo de este paso 3.
5. Pídale a la persona que hace la entrega que llene una Prueba de entrega en persona (formulario EA-200) y que se la dé. Presente su Prueba de entrega en persona. Si la persona que hizo la entrega es un agente de cumplimiento de la ley o un profesional de entrega legal, es posible que usen un formulario de prueba de entrega distinto. En ese caso, verifique que indique los formularios entregados, la fecha en que fueron entregados, dónde fueron entregados y a qué hora fueron entregados.
6. Entregue una copia con el sello “Filed” (Presentado) del formulario EA-116 a la comisaría de su zona y a todos los que tengan una copia de su orden de restricción temporal.
7. Lleve una copia consigo a la audiencia.
Esta sección le explicará cómo prepararse para su audiencia.
Esté preparado:
¡No falte a su audiencia!
Si falta, las órdenes de restricción vencerán y tendrá que volver a empezar desde el principio.
Llegue 30 minutos antes:
Practique lo que quiere decir:
Durante su audiencia, el juez le puede hacer preguntas
La decisión del juez
Al final de la audiencia, el juez dirá cuáles son las órdenes. El juez puede
Pregúntele al secretario qué formularios va a necesitar para extender las órdenes temporales (si existen) hasta la nueva fecha de audiencia.
Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Ir a la corte.
Si el juez dicta una orden de restricción en la audiencia, o cualquier otro tipo de órdenes, tendrá que preparar una orden escrita para que el juez la firme. En algunas cortes, la orden será preparada por el secretario u otra persona de la corte. En ese caso, revísela cuidadosamente para verificar que diga exactamente lo que ordenó el juez y que el secretario no se haya olvidado nada. Si hay un problema, infórmele al secretario de inmediato.
Si usted tiene que llenar la orden, siga estos pasos:
1. Llene la Orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes después de la audiencia (CLETS – EAR o EAF) (formulario EA-130), que se convertirá en su orden de restricción “permanente”.
2. Llene Información confidencial de CLETS (formulario CLETS-001) si no lo ha rellenado anteriormente. NO hay que presentar este formulario oficialmente, pero si hay que entregárselo a la corte. Es confidencial. Se usa para poder ingresar la orden de restricción en un sistema computarizado estatal que permite que la policía tenga conocimiento de la orden.
3. Entregue su formulario EA-130 al secretario (o el juez) y el juez lo firmará. Verifique que el secretario lo registre. El secretario le dará hasta 5 copias.
4. Entregue legalmente a la persona protegida una copia del formulario EA-130 siguiendo las siguientes reglas:
Recuerde, usted y las otras personas protegidas NO PUEDEN hacer la entrega legal de las órdenes.
La mayoría de las ciudades o condados tienen agencias de ayuda legal que ayudan a la gente a solicitar una orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes. Estos servicios en general son gratis o de muy bajo costo. Trate de encontrar ayuda en su área antes de pedir una orden solo.
Puede empezar por estos lugares:
Además, puede llegar a recibir ayuda del asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte.