La corte puede nombrarlo:
Cuando la corte lo elige como tutor, usted es responsable ante la corte. Tiene que realizar ciertas tareas y asumir ciertas obligaciones. La corte puede examinar todo lo que haga como tutor. Hable con un abogado sobre este tema. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
Es importante que comprenda cuáles van a ser sus deberes y responsabilidades como tutor. Puede obtener más información en el Manual de tutores del Consejo Judicial. La ley dice que usted tiene que tener una copia de este manual.
Cuando la corte lo nombra tutor de una persona, usted tiene que:
Recuerde que ser tutor de una persona no lo convierte automáticamente en tutor del patrimonio. Si quiere ser nombrado tutor del patrimonio, tiene que solicitárselo a la corte, ya sea en el mismo momento en que le pide que lo nombre tutor de la persona, o más adelante (presentando otra petición, de la misma manera que lo hizo con la petición inicial para el nombramiento del tutor de la persona).
Cuáles son sus responsabilidades
Una vez que lo nombren tutor de la persona, tendrá responsabilidades o deberes legales. Es muy importante que comprenda estos deberes para poder cumplirlos adecuadamente.Averigüe cuáles son las necesidades del pupilo
Tiene que averiguar cuáles son las necesidades del pupilo y cómo satisfacerlas.
Decida dónde vivirá el pupilo
Puede decidir dónde va a vivir el pupilo. Pero tiene que elegir el lugar menos restrictivo. Tiene que ser apropiado, seguro y cómodo para el pupilo. Y tiene que permitir que el pupilo viva de la manera más independiente posible.
Obtenga atención de la salud para el pupilo
Usted es responsable por asegurar que se satisfagan las necesidades de atención de la salud del pupilo.
No puede dar o negar consentimiento para el tratamiento médico si el pupilo no está de acuerdo, a menos que la corte le otorgue este derecho exclusivo. Si la corte le otorga el poder para aprobar el uso de ciertos medicamentos muy fuertes para tratar la demencia, tiene que asegurar que los médicos prueben otros tratamientos menos intrusivos primero.
Colabore con el tutor del patrimonio
Si hay un tutor del patrimonio, tiene que colaborar con él para asegurar que el pupilo pueda pagar por la atención que usted ha coordinado para él. El tutor del patrimonio tiene que aprobar lo que compre para el pupilo, o es posible que no pueda recuperar lo que gastó.
Deber de divulgación de los cónyuges y parejas de hecho
Si usted está casado o forma una pareja de hecho con el pupilo, le tiene que informar a la corte sobre cualquier caso que presente ante la corte para dar por terminado o cambiar su matrimonio, o cualquier acto que pueda dar por terminada su pareja de hecho.
Le tiene que informar a la corte sobre estos eventos a más tardar 10 días después de que ocurrieron. Presente un aviso ante la corte.
Obtenga ayuda de su abogado y de otros recursos.
Su abogado le dará asesoramiento sobre cuáles son sus tareas, los límites de sus poderes, los derechos del pupilo y cómo hacer los trámites legales. Si tiene preguntas legales, consulte con un abogado.
Nota: No puede ser demandado si el pupilo lesiona a otra persona o causa daño a la propiedad de otra persona, a menos que haya sido usted negligente personalmente en la situación en la cual el pupilo causó daños.
Si no tiene a un abogado, es importante que obtenga ayuda de los recursos de su comunidad local. Consulte el Manual de tutores y cualquier suplemento local que pueda tener su corte. Pregúntele al secretario si su corte cuenta con un suplemento local del Manual.
El dinero y los bienes del pupilo se llaman el “patrimonio” del pupilo.
Cuando la corte lo nombra tutor del patrimonio, tiene que:
1. Realizar inversiones prudentes. Administre el patrimonio con cuidado. Recuerde: Se está haciendo cargo de los bienes de otra persona. NO haga inversiones riesgosas.
2. Mantener los bienes separados. Tiene que mantener el dinero y los bienes del patrimonio separados de los de otras personas, y especialmente de los suyos. Cuando abra una cuenta bancaria para el patrimonio, el nombre de la cuenta tiene que decir que es una cuenta de tutela y no su cuenta personal.
4. Otras restricciones. Hay muchas otras limitaciones para manejar el dinero del patrimonio. A menos que tenga una orden de la corte, NO PUEDE:
Si no obtiene permiso de la corte cuando debe, es posible que tenga que devolver dinero al patrimonio de su propio bolsillo. Y es posible que le quiten la tutela del pupilo. Hable con un abogado para saber lo que dice la ley en materia de ventas, alquileres, hipotecas e inversiones.
Registros y contabilidad
Tiene que llevar un registro exacto y completo de cada una de las transacciones financieras que haga con el patrimonio. Use la libreta de cheques de la tutela para registrar todo el dinero que entra y sale de la cuenta.
Examen de sus registros por parte de la corte
Un año después de que lo nombren tutor del patrimonio, tiene que presentar una petición para que la corte apruebe sus registros contables. Después tendrá que volver a hacerlo cada 2 años. Guarde sus recibos. Es posible que la corte los quiera ver.
Si no presenta sus registros contables, la corte le ordenará que lo haga. Y es posible que le quiten la tutela del pupilo.
Deber de divulgación de los cónyuges y parejas de hecho
Si está casado o forma una pareja de hecho con el pupilo, le tiene que informar a la corte sobre cualquier caso que presente ante la corte para dar por terminado o cambiar su matrimonio, o cualquier acto que pueda dar por terminada su pareja de hecho.
Le tiene que informar a la corte sobre estos eventos a más tardar 10 días después de que ocurrieron. Presente un aviso ante la corte.
Obtenga ayuda de su abogado y de otros recursos
Su abogado lo asesorará sobre sus tareas y los límites de sus poderes, y lo ayudará a preparar su inventario, registros contables y petición. Coopere siempre con su abogado. Si no tiene a un abogado, quizás le convenga de todas maneras pedir asesoramiento a un abogado para aclarar cualquier pregunta o duda que tenga. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
Si la corte lo nombra tutor temporal, tendrá las mismas responsabilidades y poderes que el tutor general. Pero la tutela terminará en la fecha indicada en las Cartas de tutela temporal. Un tutor temporal actúa solamente hasta que se nombre a un tutor general, usualmente en 30 ó 60 días.
Un tutor temporal no debería tomar decisiones ni hacer cambios de largo plazo que pueden esperar hasta que se nombre al tutor permanente. El deber principal del tutor temporal es asegurar el cuidado, protección y respaldo temporal del pupilo. Y el tutor del patrimonio temporal debe proteger las finanzas y los bienes del pupilo de cualquier pérdida o daño hasta que un tutor general se pueda hacer cargo de administrar el patrimonio. Un tutor temporal no podrá hacer lo siguiente sin la aprobación previa del juez:Los pupilos no pierden todos sus derechos. Pueden seguir participando en decisiones importantes. Tienen el derecho a:
En general, los pupilos conservan el derecho a:
Pregúntele a su abogado qué derechos tiene y no tiene el pupilo. Si tiene preguntas, consulte con su abogado.
Una tutela de adultos en general es una situación permanente. Pero en ciertos casos se puede dar por terminada la tutela o se puede cambiar al tutor.
Si lo relevan de su cargo, renuncia o la tutela termina, será liberado de sus obligaciones, pero sólo después de que haya terminado todos los trámites y le proporcione a la corte la información o documentos necesarios para transferir el caso a un nuevo tutor o dar por terminada la tutela. Si es el tutor del patrimonio, tendrá que presentar la contabilidad final.
| Paso 1. | Lo nombran y está calificado para ser tutor de la persona. |
| Paso 2. | Obtenga sus Cartas de tutela y use las copias certificadas de estas Cartas para avisarles a los médicos y compañías de seguro del pupilo, y a otras partes interesadas, que usted está autorizado para actuar en nombre del pupilo. |
| Paso 3. | Averigüe qué ayuda necesita el pupilo y haga un plan para cumplir con estas necesidades (su plan de tutela). La corte puede exigir que presente el plan o un informe de estado sobre la situación y circunstancias actuales del pupilo. Hable con su abogado para ver qué requisitos tiene su corte.. |
| Paso 4. | Ocúpese de las necesidades urgentes del pupilo. |
| Paso 5. |
Tome medidas para asegurar lo siguiente para el pupilo: • Dónde va a vivir, |
| Paso 6. | Será tutor hasta que un juez oficialmente lo libere de sus obligaciones. Esto puede ocurrir si renuncia y la corte acepta su renuncia, fallece el pupilo, un juez lo reemplaza con un nuevo tutor, o un juez decide que el pupilo ya no necesita a un tutor. |
| Paso 1. | Lo nombran y está calificado para ser tutor del patrimonio. Para estar calificado es posible que tenga que obtener una fianza. |
| Paso 2. | Obtenga sus Cartas de tutela y use copias certificadas de las Cartas para notificar a los bancos, acreedores, corredores de bolsa y otras organizaciones (como la Administración del Seguro Social o de Asuntos de Veteranos) que está autorizado a actuar en nombre del pupilo. |
| Paso 3. |
Averigüe qué activos tiene el pupilo y ubíquelos. Tome pasos para proteger estos activos de inmediato. Consulte con su abogado sobre cualquier acción urgente que haya que tomar para prevenir pérdidas, como por ejemplo congelar los activos para que nadie pueda acceder a los mismos salvo usted. Cambie la dirección postal del pupilo para que toda la correspondencia financiera y las facturas lleguen a su domicilio. |
| Paso 4. | Prepare un Inventario y tasación (formulario GC-040) de los activos del pupilo y preséntelo ante el secretario de la corte a no más de 90 días de haber sido nombrado. |
| Paso 5. | Analice las necesidades financieras del pupilo y haga un plan para poder cumplirlas (su plan de tutela). |
| Paso 6. | Establezca un sistema simple y exacto para mantener un registro de de los ingresos y gastos de la tutela. |
| Paso 7. |
Proteja y administre las finanzas del pupilo: • Tomando el control de sus activos; |
| Paso 8. |
Tiene que presentar una contabilidad ante la corte mostrando cómo administró los ingresos y los bienes del pupilo a más tardar a 1 año de haber sido nombrado, y al menos 2 dos años de ahí en más. (Los tutores de patrimonios pequeños pueden quedar exentos de estas tareas, pero no lo dé por sentado hasta que la corte se lo permita.) |
| Paso 9. | Seguirá cumpliendo sus funciones de tutor hasta haber presentado su contabilidad final y un juez lo haya relevado de sus funciones. Esto puede ocurrir si renuncia, si el pupilo fallece, si el juez cancela su nombramiento y lo reemplaza con otro tutor, o si el juez decide que el pupilo ya no necesita a un tutor. |