Para solicitar una orden de custodia/visitación, usted o el otro padre tienen que solicitar una orden de la corte. Cómo hacerlo dependerá de dónde se encuentra en el proceso de la corte de familia:
El asistente de derecho familiar o el centro de Ayuda de su condado pueden llegar a ayudarlo a llenar los documentos. Antes de hacer todos los trámites solo, averigüe dónde puede encontrar ayuda.
Para ver una reseña del proceso de custodia y visitación de los hijos, lea:
El tipo de caso que inicie dependerá de si está o no casado con el otro padre o si tiene una pareja de hecho registrada.
Casos para padres que están casados o tienen una pareja de hecho registrada
Si está casado con el otro padre o forman una pareja de hecho registrada, puede pedir órdenes de custodia y visitación para los siguientes tipos de casos:
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Divorcio (también llamado “disolución de matrimonio”), separación legal, o anulación |
Haga clic para obtener ayuda con divorcio, separación legal o anulación. |
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Orden de restricción de violencia en el hogar |
Haga clic para obtener ayuda con una orden de restricción de violencia en el hogar. |
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Petición de custodia y manutención de hijos menores de |
Haga clic para obtener formularios e instrucciones para solicitar una Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad. |
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Caso de la agencia local de manutención de los hijos |
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Una vez que inició 1 de estos casos, puede solicitar órdenes de custodia y visitación.
Casos para padres que no están casados y no forman una pareja de hecho
Si NO está casado con el otro padre ni forma una pareja de hecho registrada, puede pedir órdenes de custodia y visitación para los siguientes tipos de casos:
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Caso de paternidad |
Haga clic para obtener ayuda con casos de paternidad. |
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Orden de restricción de violencia en el hogar |
Haga clic para obtener ayuda con una orden de restricción de violencia en el hogar. |
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Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad |
Haga clic para obtener formularios e instrucciones para solicitar una Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad. |
| Caso de la agencia local de manutención de los hijos |
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Una vez que inició 1 de estos casos, puede solicitar órdenes de custodia y visitación. Haga clic para saber qué pasos tiene que tomar para solicitar una orden de la corte.
Recuerde, tiene que tener un caso abierto de derecho de familia para solicitar custodia y visitación. Haga clic para saber cómo iniciar un caso.
Si necesita programar una audiencia en la corte, pregúntele primero a un mediador del programa de servicios de la corte de familiasi no tiene que ir primero a mediación antes de poder presentar cualquier documento.
Para solicitar una audiencia en la corte para temas de custodia:
Tenga en cuenta que algunas cortes locales exigen a los padres que asistan a orientación antes de ir a mediación. La orientación es una clase donde se ofrece a los padres información sobre el desarrollo de sus hijos, cómo hacer un buen plan de crianza, cómo funciona la corte del condado y otros recursos que los padres pueden usar para obtener más ayuda.
Es posible que pueda resolver todos los asuntos de custodia y visitación en la mediación, con la ayuda de un mediador capacitado. En ese caso, el mediador probablemente le ayudará a poner el acuerdo por escrito para que el juez lo pueda firmar, convirtiéndolo en una orden de la corte. Si no puede llegar a un acuerdo durante la mediación, usted y el otro padre tendrán que ir a una audiencia con el juez para que tome una decisión en su caso. Haga clic para obtener más información sobre la mediación de custodia.
Para prepararse para su mediación y audiencia en la corte, piense qué tipo de plan de crianza sería mejor para sus hijos. Para ello, sería conveniente que lea estos formularios, porque contienen mucha información sobre los temas que hay que resolver en los casos de custodia:
Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Cómo ir a la corte.
Después de la audiencia en la corte
Una vez que el juez tome una decisión en la audiencia, firmará una orden de la corte. En algunas cortes, el secretario o el personal de la corte prepararán la orden, y después el juez la firmará. En otras cortes, la persona que pidió la audiencia tiene la responsabilidad de preparar la orden de la corte para que el juez la firme. Si cualquiera de las partes tiene un abogado, en general éste se encargará de preparar la orden.
Si tiene que preparar esta orden, tendrá que llenar Determinaciones y orden después de la audiencia
Recuerde, el asistente de derecho familiar puede llegar a ayudarlo con estos formularios. Así que pídale ayuda al asistente o pídale que revise sus formularios para verificar que no haya cometido ningún error.
El procedimiento para escribir su plan de crianza y obtener una firma del juez para que se convierta en una orden de la corte puede ser un poco distinto entre una corte y otra.
En general, tendrá que tomar los siguientes pasos:
1. Llene sus formularios de la corte
Llene:
2. Firme la estipulación
Ambos padres tienen que firmar la Estipulación y orden de custodia y/o visitación de los hijos
3. Haga revisar sus formularios
Si el asistente de derecho familiar de su corte ayuda a personas con casos de custodia y visitación, pídale que revise sus documentos de estipulación. El asistente puede verificar que se hayan llenado correctamente antes de presentárselos al juez para que los revise y firme.
4. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para el otro padre de su hijo. El original será para la corte.
5. Pídale al juez que firme su estipulación
Entregue el original y 2 copias de su estipulación firmada al juez para que las firme. Pregúntele al secretario de su corte cuál es el procedimiento que hay que utilizar y cuándo tiene que volver para recoger sus documentos.
6. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Una vez que el juez ha firmado la estipulación (acuerdo), tiene que presentarla ante el secretario. La corte se quedará con el original, y usted y el otro padre recibirán una copia del secretario con un sello que dice “Filed” (Presentado).
Si necesita ayuda, el asistente de derecho familiar de su corte puede ayudar a ambos padres a escribir el acuerdo (estipulación).
En algunos casos, los padres pueden presentar una Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad para obtener órdenes de custodia y visitación de los hijos.
Los padres podrán hacer esto si:
Para iniciar un caso con una petición de custodia y manutención de hijos menores de edad:
1. Llene sus formularios de la corte
Llene estos formularios:
2. Haga revisar sus formularios
Si el asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte ayuda a personas con casos de custodia y visitación, pídale que revise sus documentos. El asistente podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.
3. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para el otro padre de su hijo. El original será para la corte.
4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Entregue sus formularios al secretario. Él se quedará con el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Tendrá que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.
5. Entregue legalmente sus documentos al otro padre
Haga la entrega legal al otro padre en persona (usted NO puede ser el que hace la entrega) de una copia de sus documentos y un formulario en blanco de la Respuesta a la Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad (formulario FL-270) (en español) y un formulario en blanco de la Declaración bajo la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de los Hijos (UCCJEA) (formulario FL-105/GC-120) (en español). Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal”.
6. Presente su Prueba de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega legal que llene una Prueba de entrega de Citación (Derecho familiar – Paternidad uniforme – Custodia y manutención) (formulario FL-115) (en español) y que se la dé para poder presentarla ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene la Prueba de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que la revise para verificar que fue llenada correctamente.
Ahora que ha iniciado un caso, si quiere programar una audiencia en la corte para pedirle al juez que dicte órdenes de custodia y visitación, tiene que seguir los pasos para solicitar una audiencia en la corte.
Si quiere ahorrarse un viaje a la corte, puede combinar ambos pasos y presentar todos los documentos (los que necesita para iniciar la Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad y el que necesita para programar la audiencia, la Solicitud de orden ) al mismo tiempo. Después puede pedirle a alguien que haga la entrega legal conjunta de la petición y de la orden de presentar motivos justificativos al otro padre.
Haga clic para saber qué pasos tiene que tomar para solicitar una orden de custodia y visitación de la corte.
A veces, si una persona puede demostrar que existe el riesgo de que su hijo sufra lesiones o sea llevado fuera del estado de California si la corte no toma una decisión ese mismo día o en un par de días, puede pedirle a la corte que dicte órdenes de custodia temporal de emergencia.
Estas órdenes de emergencia también se llaman órdenes “ex parte”, y sólo tendrán vigencia por poco tiempo. Después de dictar las órdenes de emergencia, la corte programará una audiencia normal para considerar si las órdenes se deberían prolongar más allá del periodo temporal. El otro padre debe recibir aviso de esta audiencia, y tendrá derecho a participar en la misma.
Es extremadamente difícil obtener órdenes temporales. Tiene que probarle a la corte que hay una razón realmente buena para solicitarlas y un riesgo de “daño inminente al hijo”. Así que es importante que explique en detalle por qué estas órdenes temporales son necesarias para proteger a su hijo.
NOTA: “Daño inminente al hijo” puede incluir el caso de un padre que cometió actos de violencia en el hogar o abuso sexual del menor, siempre y cuando la corte determine que dichos actos fueron recientes o formaron parte de un patrón demostrado y continuo de actos de violencia en el hogar o maltrato del menor.
Para ver lo que dice la ley, lea la sección 3064 del Código de Familia de California (en inglés).
Cómo pedir órdenes temporales de custodia de los hijos
Tome nota que cada corte tiene procedimientos y reglas locales distintas sobre las solicitudes de emergencia y ex parte, así que se tendrá que familiarizar con los requisitos de la corte. Estos pasos son sólo una guía general de lo que probablemente tendrá que hacer, pero no reemplazan las instrucciones que puede llegar a tener su corte local. Haga clic para examinar las reglas locales de la corte (en inglés) de su condado.
1. Llene sus formularios de la corte
Llene estos 2 formularios:
2. Incluya los adjuntos y haga por lo menos 2 copias
3. Presente los formularios ante la corte
4. Recoja sus documentos presentados en la oficina del secretario de la corte
Dependiendo de los procedimientos locales de su corte, es posible que tenga que ir mediación antes de la próxima audiencia o que tenga que asistir a un curso de orientación para mediación, o quizás sólo tenga que ir a su primera audiencia en la corte. Si no está seguro, pregúntele al secretario de la corte o al asistente de derecho familiar.