Cualquiera de los padres puede disputar la paternidad de un menor. En la mayoría de los casos, si todavía no se estableció la paternidad, un padre puede solicitar un análisis de paternidad para establecer si la persona que presuntamente es el padre es en realidad el padre biológico del niño.
Las leyes sobre paternidad son muy complicadas. Si ya existe una orden de la corte que dice, por ejemplo, que alguien es el padre del menor, y él o la madre quieren hacer un análisis genético (ADN), es posible que ya sea demasiado tarde. O la ley puede declarar que alguien es el padre legal aunque los análisis genéticos indiquen que no es el padre biológico.
Si quiere solicitar un análisis de paternidad, hable con su asistente de derecho familiar para averiguar si lo puede hacer y cómo hacerlo.
Nota: Todos los formularios en las instrucciones a continuación están en inglés a menos que se especifique que están disponibles en español. Pero recuerde que se deben llenar en inglés.
En general puede solicitar un análisis de paternidad al principio del caso. El método que tiene que usar para solicitarlo dependerá del tipo de caso.
Si recibió legalmente una Orden de comparecencia y Demanda de la LCSA (o del DCSS)
Si recibió legalmente de la agencia local de manutención de los hijos (LCSA en inglés) (sus documentos pueden decir Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos, o DCSS en inglés) una Orden de comparecencia y demanda sobre obligaciones de los padres o una Demanda suplementaria, tiene 30 días a partir de la fecha en que recibió estos documentos para responder y solicitar un análisis de paternidad. Si no responde en este plazo de 30 días, la corte puede decidir que usted es el padre legal sin necesidad de un análisis de paternidad.
Para responder, siga estos pasos:
1. Llene sus formularios de la corte
Llene los siguientes formularios (y recuerde que usted es el respondedor):
2. Si la demanda también solicita la manutención de los hijos, llene también 1 de estos formularios de la corte:
• Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150) (en español)
O
• Declaración financiera (simplificada) (formulario FL-155) (en español)
Lea ¿Qué formulario financiero, el FL-155 ó el FL-150? (formulario DV-570) (en español) para averiguar si puede usar el formulario más simple (formulario FL-155).
3. Haga revisar sus formulariosLa entrega legal es muy importante, de manera que tiene que realizarla correctamente. Y recuerde que debe ser efectuada por una tercera persona, NO por usted. Verifique que la persona que hizo la entrega legal en su nombre envíe por correo una copia y no el original, porque el original es para la corte.
Para obtener más información sobre cómo entregar legalmente su Respuesta, lea la Hoja informativa sobre la entrega legal (formulario FL-611). Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal”.
6. Pídale a la persona que entregó legalmente su Respuesta que llene la Prueba de entregaUna vez que haya llenado la porción Prueba de entrega, le tiene que devolver a usted la Respuesta original.
7. Presente sus formularios ante el secretario de la corte en un plazo de 30 días de haber recibido legalmente la DemandaEl secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.
8. La LCSA probablemente programará un análisis genético (ADN) para usted, su hijo y el otro padre
Después de los resultados del análisis de paternidad
Una vez que reciba los resultados del análisis de paternidad, tendrá varias opciones, y puede hablar con un abogado para decidir la opción que más le conviene. Puede aceptar los resultados del análisis de paternidad o puede pedir que se haga otro análisis (que posiblemente tenga que pagar usted). O si los resultados de los análisis muestran que la persona no es el padre del niño, es posible que el caso se despida. La opción que más le convenga dependerá de su situación individual.
He aquí un ejemplo para ayudarlo a comprender sus opciones:
David no estaba seguro de que era el padre de María, de manera que solicitó un análisis genético para confirmarlo. Después de recibir los resultados de los análisis, las opciones de David son:
Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude con cualquiera de estos pasos o que simplemente le diga lo que tiene que hacer.
Si recibió legalmente del otro padre una Petición para establecer relación de paternidad, tiene 30 días a partir de la fecha en que recibió los documentos para responder. Si no responde en este plazo de 30 días, la corte puede establecer la relación legal solicitada en la petición sin necesidad de un análisis de paternidad.
Para responder, siga estos pasos:
1. Llene sus formularios de la corte
Llene los siguientes formularios (y recuerde que usted es el respondedor):
2. Haga revisar sus formularios
Pídale al asistente de derecho familiar que revise sus formularios. El asesor podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de avanzar con su caso.
Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal.” Puede hacer la entrega legal de este formulario al otro padre antes de que el secretario de la corte le ponga el sello; pero asegúrese de no entregarle el original al peticionario.
6. Presente su Prueba de entregaDespués presente la Prueba de entrega ante el secretario de la corte. (Si le entregó legalmente al otro padre una copia sin sellar de la Respuesta a la petición para establecer una relación de paternidad, puede presentar el original de su Respuesta junto con la Prueba de entrega.)
Si está disputando la paternidad y solicita un análisis de paternidad o un juicio para decidir la paternidad, su caso se considerará “disputado”. Los casos disputados pueden ser complicados.
En la mayoría de las cortes, el peticionario o usted tendrá que presentar y entregar legalmente un formulario para fijar una fecha de juicio. Además, la mayoría de las cortes exige a los padres que asistan a una conferencia para llegar a un acuerdo antes de ir a juicio. Pregúntele al secretario de la corte cuál debería ser el próximo paso y si tiene que llenar algún formulario especial de la corte local. Haga clic para encontrar su corte local.
¡Aviso! Si su caso es disputado, hable con su asistente de derecho familiar o con un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado. Este Centro de Ayuda en Línea no lo puede ayudar con casos disputados porque los pasos a tomar dependen en gran medida de las circunstancias individuales de su caso. Estos casos pueden ser muy complicados.
Cómo cancelar su Declaración voluntaria de paternidad
Declaración de paternidad, tiene que llenar una Declaración de rescisión de paternidad (formulario CS 915) (en inglés) para rescindir (cancelar) la Declaración de paternidad.
Tiene que presentar el formulario de rescisión ante el Department of Child Support Services (Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos) en un plazo de 60 días a partir de la fecha en que firmó la Declaración de paternidad. Sólo 1 de los padres tiene que firmar y presentar el formulario, pero se debe notificar formalmente al otro padre por correo certificado con aviso de retorno.
También puede obtener un formulario CS 915 en las siguientes agencias de su condado:
NO PUEDE usar el formulario de rescisión y tendrá que ir a la corte para cancelar la Declaración de paternidad si:
Si ya no puede usar el procedimiento de rescisión para la Declaración voluntaria de paternidad y sigue queriendo cancelarla, lea la próxima sección.
Cómo ir a la corte para anular (cancelar) una Declaración voluntaria de paternidad
Si no puede presentar el formulario CS 915, tiene que ir a la corte para tratar de cancelar la Declaración voluntaria de paternidad. La corte no le concederá automáticamente su solicitud para cancelar la Declaración de paternidad. Tiene que probarle a la corte que tiene una buena razón para cancelar la declaración que firmó.
¡Aviso! Esta sección sólo da instrucciones generales. Es complicado presentar una acción en la corte para anular una Declaración voluntaria de paternidad. Hable con el asistente de derecho familiar de su condado o con un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
Para presentar una solicitud para cancelar una Declaración de paternidad:
1. Llene el formulario FL-280
2. Cómo obtener ayuda para llenar sus formularios o para revisarlos
Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude a llenar sus formularios o a revisarlos después de que los haya llenado. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de presentar el caso.
3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para la agencia local de manutención de los hijos. La tercera copia es para el otro padre del caso. El original será para la corte.
4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Entregue su Pedido de audiencia y Solicitud (formulario FL-280) (en español) junto con todas las copias al secretario de la corte. El secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). El secretario escribirá la fecha, la hora y el lugar de su audiencia en la corte en sus copias.
Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.
5. Haga la entrega legal de sus documentos al otro padre y a la LCSA (si corresponde)
6. Presente sus Pruebas de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega que llene una Prueba de entrega en persona (formulario FL-330) para el otro padre y otra Prueba de entrega para la LCSA, si participa en el caso. Si la entrega legal al otro padre (o a la LCSA) se hace por correo, la persona que hizo la entrega tiene que llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335).
Presente las pruebas de entrega ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene las pruebas de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que las revise para verificar que fueron llenadas correctamente.
7. Vaya a su audiencia en la corte
La fecha, horario y ubicación de su audiencia aparecen en la línea 2 del formulario FL-280 que le dio el secretario de la corte.
Lleve consigo la Orden después de la audiencia sobre la Petición para anular la Declaración voluntaria de paternidad
Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Ir a la corte.
Después de la audiencia
Si el juez aprueba su solicitud, usted y el otro padre tendrán que hacerse un análisis genético (ADN). Por ejemplo:
Si el juez no aprueba su solicitud, todas las órdenes de la corte basadas en la Declaración de paternidad seguirán vigentes. La declaración se puede usar para pedir órdenes de custodia, visitación o manutención de los hijos.
Cómo responder a una acción para anular (cancelar) una Declaración voluntaria de paternidad
Si recibió legalmente un Pedido de audiencia y Solicitud para anular la Declaración voluntaria de paternidad
1. Llenar el formulario FL-285
2. Cómo obtener ayuda para llenar sus formularios o para revisarlos
Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude a llenar sus formularios o a revisarlos después de que los haya llenado. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de avanzar con su caso.
3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para la agencia local de manutención de los hijos (LCSA). La tercera copia será para el padre que presentó la solicitud. El original será para la corte.
4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Entregue su Declaración de respuesta a la Solicitud (formulario FL-285) junto con todas las copias al secretario de la corte. El secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). El secretario escribirá la fecha, la hora y el lugar de su audiencia en la corte en sus copias.
Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.
5. Haga la entrega legal de sus documentos al otro padre y a la LCSA (si corresponde)
6. Presente sus Pruebas de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega que llene una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335) para el otro padre y otra Prueba de entrega para la LCSA, si participa en el caso.
Presente las pruebas de entrega ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene las pruebas de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que las revise para verificar que fueron llenadas correctamente.
7. Vaya a su audiencia en la corte
La fecha, horario y ubicación de su audiencia aparecen en la línea 2 del formulario FL-280 que le entregó el otro padre.
Para su audiencia:
Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Ir a la corte.
Después de la audiencia
Si el juez aprueba su solicitud, usted y el otro padre tendrán que hacerse un análisis genético (ADN). Por ejemplo:
Si el juez no aprueba su solicitud, todas las órdenes de la corte basadas en la Declaración de paternidad seguirán vigentes. La declaración se puede usar para pedir órdenes de custodia, visitación o manutención de los hijos.
Cuando una corte ya determinó que alguien es el padre legal de un menor, en general ya es tarde para disputar la paternidad. Hay muy pocas excepciones y estos casos pueden ser muy complicados desde el punto de vista legal. Si descubre que ya existe un fallo de paternidad o manutención de los hijos en su contra, póngase en contacto con un abogado o con su asistente de derecho familiar local inmediatamente. Él lo podrá ayudar a averiguar si puede hacer algo, y en ese caso guiarlo a través del proceso o remitirlo a alguien que lo pueda ayudar. Tendrá que presentar peticiones legales complicadas que NO debe tratar de presentar por sí mismo.
Se supone que un niño que nace durante el matrimonio es el hijo del matrimonio, y que el esposo y la esposa (o, después del 1° de enero de 2005, la pareja de hecho) son los padres legales. Esto se llama “presunción conclusa”, lo cual quiere decir que no se puede probar que la presunción (de que el niño es hijo de la pareja casada) no es cierta, aunque existan pruebas en lo contrario. Para consultar lo que dice la ley, lea la sección 7540 del Código de Familia (en inglés).
Hay excepciones muy limitadas a esta regla, y pueden ser muy difíciles de comprender. Si usted está casado y tiene un hijo pero no está seguro de que sea su hijo biológico, hable con un abogado. Un abogado podrá ayudarlo a ver si existe una base legal para disputar la paternidad y, aunque lo pueda hacer legalmente, a decidir si vale la pena hacerlo teniendo en cuenta otras consideraciones. Encuentre un abogado.