Apelar la decisión del juez

Si lo demandaron en un caso de reclamos menores y el juez decidió que debe dinero, puede recusar esa decisión presentando una apelación si no está de acuerdo. Tiene que presentar una apelación dentro de los 30 días posteriores a partir de que se le entregó o envió por correo la decisión del juez (el Aviso de publicación de fallo (formulario SC-130 o SC-200)).

Antes de comenzar

Solo puede apelar la decisión de un juez cuando debe dinero. Esto significa que normalmente solo el demandado puede apelar. Pero si usted es el demandante, y el demandado presentó una contrademanda y perdió en su reclamo, puede apelar esa decisión.

Una apelación no es para usted si no se presentó a su fecha de audiencia. 

Si no se presentó a su fecha de audiencia de reclamos menores, puede solicitar a la corte que cancele (anule) lo que el juez decidió ese día y obtener una nueva fecha de audiencia.

 

Cómo apelar un fallo de reclamos menores

  • Llene el Aviso

    Este formulario le informa a la corte que usted está apelando la decisión.

  • Haga copias

    Haga dos copias del Aviso

  • Presente el Aviso y pague la cuota de presentación

    Para presentar sus formularios ante la corte:

    • Entregue el original y las 2 copias al secretario de la corte  

    • Pague una cuota de $75

    Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas.

    El secretario le dará una fecha de audiencia y le enviará por correo una copia del formulario con la fecha de audiencia a la otra parte.

Apelaciones de reclamos menores

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Después de presentar su apelación y obtener su fecha de audiencia, es hora de prepararse para su fecha de audiencia.

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