Cómo decidir si quiere dar un argumento oralCuando esté tomando la decisión sobre dar o no un argumento oral, recuerde que los jueces ya habrán leído los escritos, de manera que no es necesario volver a leérselos. El argumento oral no es una oportunidad de leer una declaración preparada de antemano en voz alta o de hablar sobre lo que ya escribió en el escrito. Si lo único que quiere explicar es el escrito, le conviene no participar en (renunciar a) el argumento oral. El argumento oral es su oportunidad de clarificar los argumentos que hizo en su escrito, de decirle a la corte qué argumentos cree que son los más importantes, y responder a cualquier pregunta que puedan tener los jueces de apelación. Si quiere presentar argumentos orales, esté preparado y sea flexible – es posible que los jueces lo interrumpan (a usted y a la otra parte) para hacerle preguntas sobre su caso y las leyes, y otros casos que citó o que debería haber citado.
El hecho que dé un argumento oral en su caso no afectará la cantidad de tiempo que demore en decidirse la. No demorará su caso. Si sólo una de las partes renuncia al argumento oral, la corte de apelación escuchará el argumento oral de la otra parte. Si todas las partes renuncian a dar un argumento oral, los jueces considerarán la apelación basándose en los escritos y en el expediente presentado.
Cómo comunicar a la corte si va a dar o no el argumento oral
Una vez que se hayan presentado todos los escritos o haya vencido el plazo para presentarlos, la corte le enviará un aviso con la fecha para dar argumentos orales, y probablemente le pregunte si quiere dar un argumento oral.
Puede renunciar a dar un argumento oral si quiere. Para informarle a la corte por escrito o en persona que no quiere dar un argumento oral:
- Si la corte le envía un aviso preguntando si quiere participar en argumentos orales y usted NO responde, la corte supondrá que está renunciando a dar su argumento oral.
- Si el aviso no le pregunta específicamente si quiere dar un argumento oral, le puede informar a la corte de apelación, por escrito o en persona, que quiere renunciar a dar un argumento oral.
Si decide que SÍ quiere participar en un argumento oral, puede comunicárselo a la corte de apelación por escrito o en persona cuando la corte le envíe el aviso con la fecha del argumento oral. Recuerde, si NO le avisa a la corte que quiere dar un argumento oral, la corte supondrá que no lo quiere dar y perderá su oportunidad de dar un argumento oral.
En algunas apelaciones de casos de menores, es posible que tenga que hacer la entrega legal y presentar una solicitud para dar un argumento oral (si quiere). Por ejemplo, si está apelando la terminación de sus derechos de paternidad, debe hacer una solicitud de argumento oral y presentarla ante la corte a no más de 15 días de haberse presentado (o de que haya vencido el plazo para presentar) su escrito de respuesta.