Cómo responder a una solicitud de manutención del cónyuge o pareja de hecho

Si recibió documentos que le piden a la corte que dicte una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho, tiene que responder si quiere tener influencia en la decisión final.

Si recibió una Solicitud de orden (formulario FL-300) (en español) junto con documentos adjuntos que explican lo que su cónyuge o pareja de hecho está solicitando:

  • Lea cuidadosamente los documentos que recibió para estar seguro de que comprende lo que su cónyuge o pareja de hecho está solicitando.
  • Fíjese en la fecha, hora y lugar de la audiencia en la corte. Tiene que aparecer en la primera página de la Solicitud de orden. Es muy importante que vaya a esta audiencia de la corte.
  • Si quiere que la corte sepa cuál es su posición sobre estos temas, tiene que responder. Si no responde, la corte puede dictar órdenes sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho basándose en la estimación de sus ingresos hecha por su cónyuge o pareja de hecho, sin tomar en cuenta su situación individual.
  • Aunque no responda, vaya a la audiencia en la corte y lleve comprobantes de sus ingresos y gastos si quiere tener participación en la decisión de la corte sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho.

Para responder:

Nota: A continuación, le proporcionamos los formularios en inglés y también en español si están disponibles. Aunque un formulario esté en español, tenga en cuenta que la versión en español es solo una muestra para ayudarlo. Todos los formularios que se presentan en la corte tienen que estar en inglés y ser llenados en inglés.

  1. Lea la Hoja informativa: Declaración de respuesta a la solicitud de orden (formulario FL-320-INFO) (en español).

  2. Llene sus formularios de la corte
    Llene:

  3. Haga revisar sus formularios
    Pídale al asistente de derecho familiar de su corte que revise sus documentos. El asistente podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

  4. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
    Una copia será para usted; otra copia será para su cónyuge o pareja de hecho. El original será para la corte.

  5. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
    No tendrá que pagar una cuota de presentación para presentar su Declaración de respuesta. Pero si nunca se presentaron documentos en este caso, es posible que tenga que pagar una cuota llamada "cuota de primera comparecencia", que en general todos tienen que pagar cuando presentan documentos en un caso por primera vez. Si tiene que pagar una cuota y no tiene el dinero suficiente, puede solicitar una exención de cuotas. Haga clic para obtener información sobre exención de cuotas.

  6. Haga la entrega legal de sus documentos a su cónyuge o pareja de hecho
    Haga la entrega legal de una copia de la Declaración de respuesta a la Solicitud de orden (formulario FL-320) (en español) y el resto de los documentos adjuntos a su cónyuge o pareja de hecho por lo menos 9 días antes de la audiencia. Puede hacer la entrega legal por correo o en persona.

    Puede hacer la entrega legal de este formulario a su cónyuge o pareja de hecho antes de que el secretario de la corte lo selle; pero asegúrese de no entregarle el original. Haga clic para obtener más información sobre la "entrega legal".

  7. Presente su prueba de entrega
    Haga que la persona que hizo la entrega legal llene un formulario de Prueba de entrega. Si hizo la entrega en persona, debe firmar una Prueba de entrega en persona (formulario FL-330). O si hizo la entrega legal por correo, debe llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335).

    Después presente el formulario de prueba de entrega ante el secretario de la corte. (Si le entregó legalmente a su cónyuge o pareja de hecho una copia sin sellar de la Declaración de respuesta, puede presentar el original de su Declaración de respuesta junto con la Prueba de entrega.)

  8. Vaya a la audiencia en la corte
    Vaya a la audiencia programada para considerar la Solicitud de orden (formulario FL-300) (en español). Vaya a la corte aunque no haya tenido tiempo para llenar y presentar una Declaración de respuesta u otros documentos. Si no va, el juez puede dictar una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho sin su participación.

Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, lea Ir a la corte

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  • Lea cuidadosamente los documentos que recibió para estar seguro de que comprende lo que su cónyuge o pareja de hecho está solicitando. Si la corte emitió órdenes de restricción temporales contra usted, obedezca las órdenes.
  • Fíjese en la fecha, hora y lugar de la audiencia en la corte. Aparecen en la primera página de su Aviso de audiencia (formulario DV-109). Es muy importante que vaya a esta audiencia en la corte si quiere participar en el caso.
  • Si quiere que la corte sepa cuál es su posición sobre estos temas, tiene que responder. Si no responde, la corte puede dictar órdenes sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho (y la orden de restricción) sin tomar en cuenta su posición.
  • Lea ¿Cómo puedo responder a una orden de restricción de violencia en el hogar? (formulario DV-120-INFO) (en español) para obtener más información.
  • Aunque no responda, vaya a la audiencia en la corte y lleve comprobantes de sus ingresos y gastos si quiere tener participar en la decisión de la corte sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho.

Para responder:

Nota: A continuación, le proporcionamos los formularios en inglés y también en español si están disponibles. Aunque un formulario esté en español, tenga en cuenta que la versión en español es solo una muestra para ayudarlo. Todos los formularios que se presentan en la corte tienen que estar en inglés y ser llenados en inglés.

  1. Llene sus formularios de la corte
    Llene:

  2. Haga revisar sus formularios
    Pídale al asistente de derecho familiar de su corte que revise sus documentos. Es posible que el asistente no pueda ayudarlo con la parte de la orden de restricción de su caso, pero si podrá ayudarlo con los formularios relacionados con su manutención del cónyuge o pareja de hecho. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de presentar el caso.
  3. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
    Una copia será para usted; otra copia será para su cónyuge o pareja de hecho. El original será para la corte.
  4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
    El secretario se quedará con el original y le devolverá las copias. Una es para usted. La segunda copia es para su cónyuge o pareja de hecho.
  5. Haga la entrega legal de sus documentos a su cónyuge o pareja de hecho
    Haga la entrega legal de una copia de la Respuesta a solicitud de orden de restricción de violencia en el hogar (formulario DV-120) (en español) y sus otros formularios a su cónyuge o pareja de hecho.

    Estos documentos se pueden entregar por correo. Haga clic para obtener más información sobre la "entrega legal"

    . Puede hacer la entrega legal de este formulario antes de que el secretario de la corte lo selle; pero asegúrese de no entregarle el original al peticionario. La cantidad de días que tiene para hacer la entrega legal de su Respuesta puede variar. Fíjese en la segunda página de su Aviso de audiencia en la corte (formulario DV-109) (en español), bajo el título "To the Person in 2" (Para la persona en el punto 2) y allí podrá ver cuándo tiene que hacer la entrega legal de su Respuesta.

  6. Presente su prueba de entrega
    Pídale a la persona que hizo la entrega legal que llene una Prueba de entrega legal por correo (CLETS) (formulario DV-250) (en español) y que se la dé para poder presentarla ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene la Prueba de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que la revise para verificar que fue llenada correctamente.

    Presente la Prueba de entrega ante el secretario de la corte. (Si le entregó legalmente a su cónyuge o pareja de hecho una copia sin sellar de la Respuesta a la Orden de restricción temporal, puede presentar el original de su Respuesta junto con la Prueba de entrega.)

  7. Vaya a la audiencia en la corte
    Vaya a la audiencia que aparece en su Aviso de audiencia en la corte (formulario DV-109) ) (en español). Vaya a la corte aunque no haya tenido tiempo de llenar y presentar una Respuesta a solicitud de orden de restricción de violencia en el hogar. Si no asiste a la audiencia, el juez puede llegar a dictar una orden de restricción en su contra por 3 años o más, y puede decidir sobre las órdenes de manutención del cónyuge o pareja de hecho sin considerar su opinión.

Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, lea Cómo ir a la corte

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El procedimiento para escribir su acuerdo de manutención del cónyuge o pareja de hecho y obtener una firma del juez para que se convierta en una orden de la corte puede ser un poco distinto entre una corte y otra.

Los cónyuges o parejas de hecho pueden llegar a un acuerdo para una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho. Al aceptar y firmar un acuerdo por escrito (una estipulación), no tendrán que comparecer ante un juez y dejar que el juez tome la decisión.

  • El asistente de derecho familiar de su corte le puede ayudar a llegar a un acuerdo de manutención del cónyuge o pareja de hecho y ponerlo por escrito.

Para escribir un acuerdo de manutención del cónyuge o pareja de hecho:

  1. Infórmese sobre sus derechos y responsabilidades en cuanto a la manutención del cónyuge o pareja de hecho
    Antes de firmar un acuerdo con su cónyuge o pareja de hecho sobre la manutención del cónyuge/pareja de hecho (independientemente de si usted la pagará, la recibirá o aceptará no recibirla), debe comprender cómo funciona la manutención del cónyuge/pareja de hecho y cuáles son sus derechos. De esa manera, cuando escriba su acuerdo y lo firme, estará plenamente informado.

    • Pídale al asistente de derecho familiar de su corte que lo ayude a comprender la manutención del cónyuge o pareja de hecho. Es posible que pueda ayudarlo a mediar con su cónyuge o pareja de hecho, e incluso puede llegar a escribir el acuerdo.

  2. Decida un monto y cuánto tiempo durará la manutención del cónyuge/pareja de hecho
    Una vez que comprenda la manutención del cónyuge o pareja de hecho, tienen que ponerse de acuerdo sobre:

    • Un monto (o nada, si acepta que ninguna de las partes pague manutención del cónyuge/pareja de hecho a la otra);
    • Cuánto tiempo durarán los pagos de manutención; y
    • Cómo se efectuarán los pagos - directamente entre los 2 ó por retención de sueldo (una deducción automática de los cheques de sueldo de la persona que paga manutención).

  3. Considere otros temas para ver si también pueden llegar a un acuerdo
    Cómo parte de su divorcio o separación legal, la corte decidirá otros temas, como la división de bienes y deudas o, si tiene hijos, la manutención, custodia y visita de los hijos. Piense en llegar a un acuerdo sobre estos temas también.

  4. Escriba su acuerdo
    No hay un formulario de la corte existente para un acuerdo de manutención del cónyuge o pareja de hecho (que también se llama una "estipulación"). Tiene que escribir su propio acuerdo o incluir la orden de manutención del cónyuge/pareja de hecho en su acuerdo de resolución matrimonial/de pareja de hecho general, o en su acuerdo estipulado de divorcio, si tiene uno. Puede usar el formulario Adjunto a la Orden de manutención del cónyuge, pareja de hecho o de la familia (formulario FL-343) (en español) como adjunto a su acuerdo. Este formulario incluye muchos detalles que debe incluir en su orden.

    Verifique que está usando el número de caso correcto en su acuerdo, que será el número de su caso de divorcio o separación legal.

    • Si necesita ayuda para escribir su acuerdo, pídasela al asistente de derecho familiar en su corte. O, si escribió el acuerdo por sí mismo, pídale al asistente de derecho familiar que verifique que lo hizo correctamente.

  5. Firme su acuerdo
    Cada cónyuge o pareja de hecho tiene que firmar el acuerdo o estipulación. Verifique que comprende el acuerdo y que lo está firmando voluntariamente y no lo están presionando o forzando a aceptarlo.
  6. Entregue su acuerdo/estipulación a la corte para que lo firme el juez
    Pregúntele al secretario de la corte si tiene que hacer copias por adelantado y entregarlas junto con el original, o simplemente entregar el original y hacer copias más adelante. Los procedimientos para hacerlo serán un poco distintos entre una corte y otra, así que no se olvide de preguntarle al secretario lo que debe hacer y cuándo debe volver para buscar sus documentos.

    • Si está aceptando el pago de manutención del cónyuge o pareja de hecho por retención de sueldo, también debe entregar una Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho (formulario FL-435).

  7. Presente su acuerdo/estipulación después de que lo firme el juez
    Después de que el juez haya firmado el acuerdo/estipulación, presente el original ante el secretario de la corte (después de hacer copias, si todavía no las hizo). El secretario se quedará con los originales, sellará sus copias con la palabra "Filed" (Presentado), y se las devolverá. Una copia será para usted; otra copia será para su cónyuge o pareja de hecho.

    • Presente también la Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho (formulario FL-435), si corresponde.

  8. Envíe la Orden de asignación de ingresos al empleador del obligado
    Si acepta que se retenga el sueldo del obligado (la persona que paga manutención), envíe una copia de la Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho (formulario FL-435) a su empleador.

Si recibió legalmente documentos de la corte que no tienen una audiencia de la corte programada, probablemente recibió una Petición - Matrimonio/Pareja de hecho (formulario FL-100) (en español), una Citación (formulario FL-110), y quizás algunos documentos más.

Todos estos documentos son una manera de iniciar un caso de derecho familiar. En general, una vez que reciba estos documentos tendrá 30 días para presentar una respuesta a la corte. Si no hace nada, después de 30 días la corte puede dictar órdenes para la manutención del cónyuge o pareja de hecho (y otros temas en esos documentos, como la manutención de los hijos, custodia y visita, o bienes) sin considerar su lado de los hechos.

Obtenga instrucciones detalladas sobre cómo responder a una Petición - (formulario FL-100) (en español).

A veces le hacen la entrega de este documento para iniciar un caso, y también una Solicitud de orden para programar una audiencia en la corte. En ese caso, llene el formulario de respuesta a la Petición, así como los formularios para responder a la Solicitud de orden. Haga clic para saber qué pasos tomar para responder a una Solicitud de orden (formulario FL-300).