Cómo cobrar el fallo
- Se haya publicado el fallo. Puede consultar los expedientes de la corte para confirmar que el fallo fue publicado; y
- No se haya suspendido o postergado el cumplimiento de la orden debido a una apelación, suspensión debido a quiebra u otra acción legal.
La corte no cobrará el dinero por el acreedor. Pero la corte emitirá las órdenes y los demás documentos requeridos para forzarlo a usted (el deudor) a que pague.
El acreedor no puede usar maneras ilegales para cobrar su dinero
Como deudor, puede estar protegido contra maneras abusivas o injustas de cobrar la deuda.
Para cobrar la deuda, el acreedor NO debe:
- Mentir o hacer afirmaciones engañosas para cobrar una deuda;
- Acosarlo;
- Pedirle a otra persona más que información básica sobre dónde se encuentra usted;
- Contarle a su empleador o a otras personas que el usted le debe dinero (a menos que obtenga de la corte una orden para retener ingresos); o
- Contactarlo antes de las 8:00 de la mañana o después de las 9:00 de la noche, o en cualquier momento o lugar que no sea conveniente.
Herramientas que los acreedores pueden usar para cobrar un fallo
Imponer un derecho de retención sobre sus bienes inmuebles
El acreedor puede colocar un derecho de retención sobre su propiedad. Esto puede convertir el fallo en una deuda garantizada. De esa manera, cuando quiera vender o refinanciar su casa, el acreedor podrá cobrar el fallo más todos los intereses acumulados en la cuenta de plica. Si el acreedor no quiere esperar hasta que usted venda o refinancie su propiedad, puede tratar de hacer una “ejecución hipotecaria” sobre el derecho de retención debido al fallo. Esto quiere decir que el acreedor puede obligarlo a vender la propiedad y pagarle con ese dinero. Esto sólo vale la pena si el precio de la propiedad es suficiente para pagar todos los derechos de retención y también los costos de ejecución hipotecaria.
Descontarle el pago de su sueldo
Si está empleado, el acreedor puede obtener una Orden de retención de ingresos para embargarle el sueldo hasta que la deuda se haya pagado. El acreedor tiene el derecho de cobrar hasta el 25% del monto de su sueldo que exceda el sueldo federal mínimo (siempre que no esté exento por otras reglas). Esto sólo funciona si está empleado por otra persona. No se puede embargar el sueldo de una persona que está empleada por cuenta propia.
Si el acreedor obtiene una Orden de retención de ingresos y se la envía a su empleador, usted tiene 10 días para presentar un Reclamo de exención (formulario WG-006). Pero si presenta este reclamo, el acreedor tiene el derecho a oponerse. Haga clic para aprender más sobre los embargos de sueldo y cómo solicitar un reclamo de exención.
Cobrar dinero de su cuenta bancaria
El acreedor puede embargar su cuenta bancaria. El acreedor tendrá que averiguar en qué sucursal está su cuenta y, en general, también su número de cuenta.
Tiene 10 días para oponerse al embargo bancario antes de que el alguacil le envíe el dinero al acreedor. Para tratar de parar este proceso, tiene que presentar un Reclamo de exención (formulario EJ-160). Pero si presenta este reclamo, el acreedor tiene el derecho a oponerse. La corte puede programar una audiencia para decidir si el acreedor puede cobrar todo o parte del monto del fallo o si usted se puede quedar con todo el dinero de la cuenta. Haga clic para aprender más sobre los embargos que NO sean de sueldo y cómo solicitar un reclamo de exención.
Embargar sus bienes personales
El acreedor puede pedirle al alguacil que embargue sus bienes personales y los venda en una subasta pública para pagar la deuda. Este es un proceso bastante costoso, de manera que a menos que sus bienes personales valgan mucho dinero, en general el acreedor no estará interesado en seguir este procedimiento.
Cómo renovar el fallo
Los fallos por dinero vencen (dejan de tener vigencia) automáticamente después de 10 años. Para evitar que esto ocurra, el acreedor del fallo tiene que solicitar a la corte que renueve el fallo ANTES de que venza el plazo de 10 años. Si el fallo no se renueva, ya no se podrá hacer cumplir y no tendrá que pagar el monto restante de la deuda.
Una vez que el fallo haya sido renovado, no podrá ser renovado nuevamente hasta por lo menos 5 años más tarde. Pero es importante que se renueve cada 10 años, porque si no vencerá.
Cuando el fallo se renueva, el interés acumulado se agregará al monto original de la deuda. De ahí en más, el acreedor tendrá derecho a cobrar intereses sobre este interés acumulado.