Special Announcement

Posted Monday, October 5, 2020

”1 2 - Recibe demanda 3 - Decide si va a responder 4 - Presenta respuesta 5 - Juicio 6 - Después del fallo

Una vez que el juez (o el jurado) haya tomado una decisión al concluir el juicio, se emite un fallo de la cortel. Cualquiera de las partes que no estén satisfechas con alguna parte de la orden de la corte, puede apelar. O puede presentar una petición para dejar sin efecto (cancelar) la ordel del juez. Para hacer esto hay que cumplir con plazos de vencimiento estrictos, y la parte que presenta la apelación tiene que tener una razón legalmente válida. Si está pensando en presentar una apelación, hable con un abogado. si está pensando en presentar una petición para cancelar la orden, es posible que el centro de ayuda desu corte pueda ayudarlo u orientarlo. Si no proven ayuda con casos de desalojo, hable con un abogado.

Si usted apela o trata de cancelar la orden del juez, el desalojo no se interrumpirá. La única forma que tiene de parar o demorar el desalojo es pidiendo una suspensión del mandamiento de cumplimiento.

Aunque no presente una apelación, quizás quiera tener más tiempo para mudarse. Si el propietario no está de acuerdo, usted tendrá que presentar una solicitud de suspensión del mandamiento de cumplimiento (“suspensión”).

Suspensión del mandamiento de cumplimiento

Tiene que presentar su pedido de suspensión apenas reciba el aviso del alguacil dándole 5 días para dejar la unidad.

La suspensión demorará el desalojo. Si el juez le deja que se quede más tiempo, tendrá que pagar el alquiler durante ese periodo de tiempo. La cantidad de tiempo que se podrá quedar dependerá del condado y del caso.

Tiene que tener una buena razón para pedir más tiempo. Y no hay formularios de la corte para solicitar una suspensión, así que consulte con un abogado para obtener ayuda. Haga clic para encontrar una agencia de ayuda legal en su zona o para encontrar un abogado.

Recuerde, tiene que actuar muy rápido o no podrá demorar el desalojo.