Tutela de un menor

Una tutela de menores es cuando la corte le ordena a una persona que no es el padre de un menor que:

  • Tenga la custodia del menor; o
  • Administre los bienes del menor (llamado “patrimonio”); o
  • Ambos.

La información de esta sección se refiere a tutelas testamentarias. Estos casos son iniciados por la persona que quiere ser el tutor o por otro familiar que le pide a la corte que nombre a un tutor. Si la corte de dependencia de menores le otorgó la custodia de un menor a una persona que no es el padre, la información proporcionada en esta sección NO se aplica a este caso.

Si Child Protective Services (Servicio de Protección Infantil, CPS) está involucrado en su caso, es probable que tenga que ir a la corte de menores para averiguar lo que puede hacer. Haga clic para obtener más información sobre tutelas en la corte de menores.

Se establece una tutela testamentaria de la persona cuando un menor está viviendo con un adulto que no es su padre, y el adulto necesita una orden de la corte para tomar decisiones en nombre del menor. En general, las tutelas testamentarias son para menores de 18 años. En el caso de jóvenes inmigrantes que quieren solicitar el estatus especial para jóvenes inmigrantes, la ley permite que se solicite la tutela de la persona, o que se extienda, para un joven que ya haya cumplido los 18 años, pero sea menor de 21.  Haga clic para saber cómo hacerlo.

Una tutela de menores no es lo mismo que una adopción. He aquí algunas diferencias:

En una tutela de menores:

En una adopción:

  • Los padres conservan sus derechos paternos. Pueden tener contacto razonable con el menor.
  • La corte puede dar por terminada una tutela si los padres vuelven a tener la capacidad para cuidar de su hijo.
  • Los tutores pueden ser supervisados por la corte.
  • Los derechos paternos (la patria potestad) se dan por terminados permanentemente.
  • La relación legal con los padres adoptivos es permanente, y es exactamente igual que si el menor estuviera con su familia biológica.
  • Un hijo adoptado hereda de sus padres adoptivos, de la misma manera que lo haría un hijo biológico.
  • Las familias adoptivas no son supervisadas por la corte.

Tipos de tutelas testamentarias

Existen 2 tipos de tutelas testamentarias:


Tutela de una persona

En una tutela de una persona, el tutor tiene las mismas responsabilidades por el cuidado del menor que lo que tendría su padre. Esto quiere decir que el tutor tiene la custodia legal y física plena del menor y puede tomar todas las decisiones sobre el cuidado físico del menor que tomaba el padre. Un tutor puede ser cualquiera: parientes, amigos de la familia u otras personas adecuadas para criar al menor pueden pedir ser tutores legales.

El tutor es responsable por el cuidado pleno del menor, como por ejemplo por su:

  • Comida, vestimenta y albergue
  • Seguridad y protección
  • Crecimiento físico y emocional
  • Atención médica y dental
  • Educación y cualquier necesidad especial

El tutor también es responsable por la supervisión del menor y puede tener responsabilidad por cualquier daño intencional causado por el menor.

A veces hace falta un tutor de una persona cuando los padres no pueden criar a un menor, independientemente de cuánto lo amen.

Quizás 1 o ambos padres:

  • Tengan una enfermedad severa física o mental;
  • Estén enlistados en las Fuerzas Armadas y tengan que ir al extranjero;
  • Tengan que asistir a un programa de rehabilitación por un tiempo;
  • Tengan que ir a la cárcel por un tiempo;
  • Tengan un problema de alcoholismo o drogadicción;
  • Tengan antecedentes de maltrato; o
  • No puedan cuidar de su hijo por alguna otra razón.

La corte considerará el mejor interés del niño para asegurar que se lo críe en un ambiente seguro, estable y acogedor. Un tutor legal puede cuidar de un menor cuando sus padres no están en condiciones de hacerlo.

Tutela del patrimonio

Una tutela del patrimonio se establece para administrar los ingresos, el dinero u otros bienes de un menor hasta que cumpla 18 años de edad. Un menor puede necesitar una tutela del patrimonio si hereda dinero o bienes. En la mayoría de los casos, la corte nombrará como tutor del patrimonio de un menor al padre sobreviviente.

En algunos casos la misma persona puede ser tutor de una persona y tutor del patrimonio. En otros casos, la corte nombrará a 2 personas distintas.

El tutor del patrimonio tiene que:

  • Administrar el dinero del menor;
  • Realizar inversiones inteligentemente; y
  • Administrar con cuidado los bienes del menor.

Una tutela del patrimonio se crea para administrar los bienes de un menor.
Es necesaria cuando:

  • El menor tiene o recibe bienes valiosos, como por ejemplo si hereda una casa o gran cantidad de dinero.

No hace falta establecer una tutela del patrimonio cuando:

  • El menor sólo tiene juguetes y ropa que no cuestan mucho; o
     
  • El menor recibe beneficios del Seguro Social o TANF/CalWorks (ingresos de bienestar social).

Si no está seguro de que necesite una tutela del patrimonio, hable con un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.

IMPORTANTE: Si necesita establecer una tutela del patrimonio, es mejor que le pida a un abogado que la establezca y que represente al tutor del patrimonio. Esto se debe al deber fiduciario (este es el deber más alto reconocido por la ley) que el tutor tiene con el menor y que exige el cumplimiento con todas las leyes y reglas para proteger los activos (bienes) del menor. Un abogado puede asegurar que el tutor del patrimonio haga todo correctamente. Los honorarios del abogado serán pagados por el patrimonio y deberán ser aprobados por la corte para proteger al menor.


 

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